El Tribunal Superior
de Justicia de Balears (TSJB) dictó el lunes una sentencia que anula
la moratoria urbanística aprobada en noviembre de 1998 por el
Consell
de Mallorca, al considerar que la institución insular no tenía
en aquel momento competencias en ordenación del territorio.
El Consell de Mallorca suspendió con la moratoria la vigencia
de 77 sectores de suelo urbanizable en 15 municipios de la isla, a través
de un acuerdo basado en el artículo 51 de la Ley del Suelo, con
el objetivo de reclasificar posteriormente los terrenos afectados en suelo
rústico. La moratoria supuso, de hecho, una norma cautelar anterior
a la aprobación por el
Parlament de
les Illes Balears, en abril de 1999, de las Directrices de Ordenación
Territorial de las Illes Balears (DOT), impulsadas por el
Govern
de les Illes Balears de entonces, presidido por Jaume Matas.
La moratoria del Consell de Mallorca se aprobó en gran parte
como respuesta a la demanda social generalizada de detener el crecimiento
urbanístico desbocado en Mallorca, que se expresó de forma
contundente el 12 de noviembre de 1998 cuando se manifestaron 30.000 personas
por las calles de Palma con el lema "No más urbanizaciones. Detengamos
la destrucción de Mallorca". Esta manifestación, junto a
las que se celebraron en Menorca (6.000 personas) y Eivissa (11.000 personas)
constituyeron las movilizaciones más importantes de la historia
reciente de las Balears. Más de cien entidades, numerosas instituciones,
sindicatos y partidos se sumaron activamente a la iniciativa convocada
por el
GOB.
Según la interpretación interesada que algunos sectores
implicados hacen de la sentencia del TSJB, los suelos urbanizables que
suspendió la moratoria del Consell de Mallorca y que no fueron recogidos
como suelo rústico posteriormente por las DOT, pasarían de
nuevo a considerarse suelos urbanizables y por tanto se podría iniciar
en ellos proyectos urbanísticos que la norma cautelar de la institución
insular detuvo. Concretamente, son 25 las zonas urbanizables afectadas
por la sentencia (17 en el municipio de Campos) del total de 77 contenidas
en la moratoria, las otras fueron desclasificadas por las DOT o por la
nueva moratoria aprobada en el año 2000 por el Consell, como norma
territorial cautelar previa a la aprobación del Plan Territorial
Parcial de Mallorca. Sea como sea, la sentencia del TSJB no es firme y
es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
Para analizar el tema en toda su dimensión, hay que tener en
cuenta:
Que en octubre de 1999, el Parlament de les Illes Balears aprobó
la Ley de Medidas cautelares y de emergencia relativas a la ordenación
del territorio y el urbanismo, que modificó las Directrices de Ordenación
Territorial (DOT), la Ley de Espacios Naturales y la Ley del Suelo Rústico,
en el sentido de hacer más restrictiva la parcelación y la
edificación dentro del suelo rústico y los espacios naturales.
Que en octubre de 1999, el Pleno del Consell Insular aprobó definitivamente
las Normas Subsidiarias y Complementarias de los 77 sectores de suelo urbanizable
de Mallorca afectados por la moratoria y los convierte en suelo rústico.
Que en marzo de 2000, el Parlament de les Illes Balears aprobó
la Ley de modificación de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios
Naturales, por la que se amplía el ámbito de algunas áreas
de especial protección.
Que en julio de 2000, el Govern de les Illes Balears autorizó
a los consells insulars de Mallorca, Menorca, y de Eivissa y Formentera
a formular una norma territorial cautelar, previa a los respectivos Planes
territoriales parciales que deberán tramitar las mencionadas instituciones
públicas insulares.
Que en el mes de octubre de 2000, el Parlament de les Illes Balears
aprobó la Ley de Consejos Insulares.
Que en el mes de octubre de 2000, el Pleno del Consell de Mallorca aprobó
definitivamente la Norma Territorial Cautelar, conocida popularmente como
moratoria, por la cual se adoptan medidas provisionales para asegurar la
viabilidad y efectividad del Plan Territorial Parcial de Mallorca.
Que hasta su aprobación definitiva, el Plan Territorial Parcial
de Mallorca deberá pasar por siete fases con una duración
estimada de 27 meses.
Que en el mes de diciembre de 2000, el Parlament de les Illes Balears
aprobó la Ley de Ordenación Territorial.
Relación de normas aprobadas por el Parlamento de les Illes Balears relacionadas
con la ordenación territorial y el urbanismo (Normativa recopilada
por Noticias Jurídicas):
LEGISLATURA ACTUAL
Ley
14/2000, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial.
Ley
8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares.
Ley
4/2000, de 22 de marzo, de Moratoria de Construcción y Ampliación
de Campos de Golf en las Islas Pitiusas.
Ley
1/2000, de 9 de marzo, de modificación de la Ley 1/1991, de
30 de enero, de Espacios Naturales, por la que se amplía el ámbito
de algunas áreas de especial protección.
Ley
9/1999, de 6 de octubre, de medidas cautelares y de emergencia relativas
a la ordenación del territorio y el urbanismo en las Illes Balears.
LEGISLATURAS ANTERIORES
Ley
6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial
de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.
Ley
2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Illes Balears.
Ley
12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las
Illes Balears.
Ley
6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares.
Ley
1/1994, de 23 de marzo, sobre condiciones para la reconstrucción
en suelo no urbanizable de edificios e instalaciones afectados por obras
públicas o declaradas de utilidad pública y ejecutadas por
el sistema de expropiación forzosa.
Ley
6/1993, de 28 de septiembre, sobre adecuación de las redes de
instalaciones a las condiciones histórico-ambientales de los núcleos
de población.
Ley
1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico
de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares.
Ley
10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística
Ley
9/1990, de 20 de junio, de atribución de competencias a los
Consejos Insulares en materia de urbanismo y habitabilidad
Ley
12/1988, de 17 de noviembre, de campos de golf.
Ley
8/1988, de 1 de julio, sobre edificios e instalaciones fuera de ordenación.
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